Derecho al olvido

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó que los buscadores de Internet deberán eliminar de sus listas de resultados los links que lleven a datos personales en páginas web publicadas por terceros, cuando el afectado por esos datos lo solicite.
Con este fallo, que señala que los ciudadanos pueden solicitar a los buscadores que se supriman los resultados «debido a que estos datos e información pueden perjudicarle» o porque deseen «que estos datos e información se ‘olviden’ tras un determinado lapso de tiempo», la justicia europea reconoce el llamado «derecho al olvido», en un litigio que enfrenta a Google con la Agencia Española de Protección de Datos.
Los enlaces que los buscadores deberán eliminar son aquellos que se obtengan tras buscar el nombre de una persona y que lleven a sitios donde haya información delicada sobre la misma, inclusive si la información es verídica, ya que esa información «afecta potencialmente a una multitud de aspectos de la vida privada», agregó el Tribunal.
El fallo considera una excepción para aquellas personas públicas sobre las que exista un interés especial. En los demás casos, si los buscadores no suprimen los resultados solicitados, las personas afectadas podrán acudir a los tribunales para que ordenen la eliminación de los enlaces.