Aprobaron proyecto de Ley de fijación de topes de los salarios provinciales

La Cámara Alta dio media sanción a un Proyecto de Ley de ordenamiento en la estructura salarial del Estado Provincial, de autoria del senador Fernando Simón (FPV-PJ), cuyo objetivo establece en su articulo 1° que ningún funcionario, empleado o contratado, bajo cualquier modalidad, que preste servicios en el ámbito de la Administración Pública Central Provincial, incluyendo sus reparticiones centralizadas, descentralizadas o autárquicas, cuentas especiales o sociedades del Estado o con participación estatal mayoritaria, podrá percibir una remuneración y/o contraprestación bruta total, bajo cualquier modalidad o concepto, superior a la remuneración bruta que legalmente corresponda percibir al cargo de Gobernador de la Provincia.

Según el articulo 2° del presente proyecto de ley, toda persona que se encuentre abarcada por lo dispuesto en el artículo anterior y que al momento de la entrada en vigencia de la presente perciba una remuneración y/o contraprestación bruta total, bajo cualquier modalidad o concepto que sea, que supere dicho límite, mantendrá plenamente su derecho adquirido a la remuneración y/o contraprestación que perciba a ese momento.

En tales casos, cuando se disponga, un aumento salarial o una contraprestación, el aumento de aquellos empleados que cobren mas que el cargo de Gobernador no podrá ser superior al treinta por ciento (30%).

Según establece el proyecto de ley están exceptuados los funcionarios que tengan rango constitucional.

También establece que el ámbito de aplicación será el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial e invita a adherir a los municipios.
El proyecto pasó a la Cámara de Diputados para su consideración.
Es ley la realización gratuita de reconstrucción mamaria a pacientes que hayan padecido cáncer.

La Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley, venido de la Cámara Baja, de la diputada (MC) Rita Morcos, que tiene por objeto la realización gratuita a pacientes que no tengan obras sociales, mutuales, empresa de medicina prepaga u otras entidades similares que ofrezcan o presten servicios de cobertura de riesgo de enfermedades humanas y asistencia social, la cirugía oncoplástica posmastectomía o poscirugía conservadora por cáncer de mama, a todas las mujeres que se les haya practicado una mastectomía, cirugía conservadora o cirugía de los defectos de la pared torácica a causa de una patología oncológica mamaria, así como la provisión del implante mamario o sostén ortopédico.

Para acceder a los beneficios se deberá poseer domicilio certificado en la Provincia y acreditar residencia continua durante los últimos dos años.

Las erogaciones serán atendidas por el presupuesto anual del Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Programas Complejos.