Las 7 claves del fallo de la Corte contra el tarifazo

El fallo de la Corte suprema que deja sin efecto la suba de tarifas en el gas tiene algunos aspectos que son para resaltar porque son donde los jueces del máximo tribunal hicieron foco.

En una decisión unánime, el máximo tribunal estableció siete ejes centrales para fundamentar el fallo:

-Que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio.

-Se confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas.

-La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales.

-Respecto de ellos, las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan.

-Se mantiene la tarifa social.

-Se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación.

-Se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos.

Un dato no menor es que la Corte determinó que el freno al tarifazo rija para los usuarios residenciales, pero deja fuera del fallo a los comercios e industrias. En ese sentido, el tribunal sostuvo que «la Corte Suprema ha definido el proceso colectivo en diversos precedentes («Halabi») y ha dicho claramente que deben existir intereses individuales homogéneos».

Y agrega que si bien hay una «causa común» en el caso de la falta de audiencia, «no hay homogeneidad». Y sostiene que el «único grupo homogéneo» es el de los usuarios residenciales. «Por esta razón, la sentencia de la Corte únicamente tiene efectos respecto de ese colectivo», indica la sentencia.