Anses frena juicios
La Corte Suprema salió ayer decididamente a incluir en la agenda de los próximos meses la cuestión de los haberes jubilatorios. Y lo hizo mediante un fallo que dejó sin efecto parcialmente una ley sancionada durante el menemismo, y con una acordada en la que le exigió a los poderes políticos que adopten medidas concretas para evitar que los ancianos se mueran esperando cobrar sus actualizaciones salariales que reclaman en tribunales.
En tanto, el titular de la ANSES, Diego Bossio, salió al cruce del fallo: «Estamos haciendo un gran esfuerzo en materia presupuestaria y de transparencia. Este mes hemos pagado récord de sentencias. Estamos pagando como corresponde, en tiempo y forma.» En declaraciones radiales, Bossio pronosticó que «en 2016 no va a haber más juicios contra la ANSES,» y relativizó las consideraciones de la Corte porque «sólo el 5% de los jubilados están en juicio».
El máximo tribunal estableció que en el fuero de la Previsión Social hay una situación de «colapso» porque los reclamos judiciales de la clase pasiva se incrementan y por aquella ley de 1995, impulsada por el tándem Carlos Menem-Domingo Cavallo, el único tribunal del país que podía entender en la revisión de las sentencias previsionales de primera instancia era la Cámara Federal de la Seguridad Social, cuya sede está ubicada muy cerca del palacio de Tribunales pero muy lejos del resto de las provincias. Hasta allí debían recurrir, inevitablemente, los miles de jubilados de todo el país con sus reclamos.
A partir del fallo firmado ayer por todos los jueces de la Corte (con excepción de Carmen Argibay, quien continúa internada), las Cámaras Federales de todo el país quedaron facultadas para revisar esas sentencias.
«El objetivo que el Estado perseguía mediante la creación del fuero federal de la seguridad social y el establecimiento de la competencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social era instalar un sistema eficiente, que permitiese cubrir mejor los riesgos de subsistencia de la población de mayor edad o incapacitada para el trabajo», explica el fallo. Pero contrapone «la evidencia empírica que demuestra que la vigencia del procedimiento de apelación establecido ha tenido el efecto contrario».
«Frente al peligro cierto de desconocer la vigencia de los beneficios de la seguridad social a centenas de miles de jubilados, el Poder Judicial ve comprometida su misión de velar por la vigencia real y efectiva de la Constitución Federal», firmaron los jueces del máximo tribunal.
La decisión es un paso experimental, pues la Corte desconoce si los efectos serán positivos y descomprimirán la acumulación de expedientes o tendrán un efecto contrario, incrementando las demoras. Por lo pronto, en tribunales que tienen competencias múltiples (por caso, la Cámara Federal de Salta tiene jurisdicción sobre esa provincia y también sobre Jujuy, y afronta la especial problemática reconocida incluso por la Corte sobre narcotráfico y trata de personas) la decisión amenaza con trasladar el «colapso» más que solucionarlo. La Corte también emitió una acordada que, en sintonía con el fallo, lo define como «un mero paliativo a la situación de atolladero institucional que padece el fuero de la Seguridad Social». La acordada se «dirige» al Poder Ejecutivo para que «considere la necesidad o conveniencia de poner en ejercicio sus facultades como Jefe del Gobierno de la Administración Central de la República, a fin de disponer lo necesario para que las agencias bajo su ámbito lleven a cabo un acatamiento institucional de las decisiones reiteradamente tomadas por esta Corte como tribunal supremo y último intérprete de la Constitución Nacional y de sus leyes reglamentarias, y de adoptar toda otra medida que se considere apropiada para el mejor logro del propósito que se persigue». Ello implica que la ANSES deje de apelar las sentencias que están en sintonía con los fallos en los que la Corte ya fijó su criterio sobre los haberes jubilatorios. Dejar de apelar tendría, como correlato directo, pagar los fallos con mayor celeridad.
Al Congreso, la Corte le pidió la creación de nuevos tribunales, «disposiciones que permitan abreviar los procedimientos por los cuales tramitan esta clase de asuntos, establecer los mecanismos que disminuyan la litigiosidad y que incentiven el acatamiento de las reglas de derecho establecidas consistentemente por esta Corte».