Límites para el pago del aguinaldo
El Gobierno oficializó hoy la modificación de la Ley de Contrato de Trabajo, que exige a los empleadores liquidar el aguinaldo en fechas tope.
Según esa norma -sancionada por el Congreso el 10 de diciembre último- el sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.
Además, la modificación de la Ley de Contrato de Trabajo estableció que «a fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre».