Bolivia y el trabajo de menores
El proyecto del Código del Niño, Niña y Adolescente fue aprobado en la Cámara de Diputados y ahora es tratado por los senadores. Aunque fija en 14 años la edad mínima para un trabajo, admite excepciones.
El texto de la normativa incluye una serie de observaciones y modificaciones que los niños y adolescentes, apoyados por educadores, acordaron durante una reunión el pasado 3 de junio con el presidente del Senado, Eugenio Rojas. El Código entrará en vigor a partir de agosto de 2015, según se ha informado en la Cámara alta de La Paz.
Un artículo del diario español El País señaló que a pesar de los acuerdos entre niños y legisladores, todavía persisten las dudas entre los pequeños trabajadores respecto de la delimitación de la edad laboral en un contexto distinto a la realidad del Estado boliviano, comprometido con proteger la niñez y la juventud y honrar convenios internacionales sobre la regulación del trabajo de menores.
Los líderes de la Unión de Niños, Niñas y Adolescentes Trabajadores de Bolivia (Unatsbo) están conformes con los acuerdos logrados en el texto. Por primera vez, los menores trabajadores se hacen «visibles» ante una sociedad que los ha ignorado casi siempre y alcanzan uno de sus sueños: ser respetados y protegidos.
Las calles de Bolivia están llenas de menores desde los cinco años que necesitan obtener algún centavo para sobrevivir a la disgregación de la familia, al abandono o a la condición de sin techo que, a veces, asume el menor para escapar del maltrato y la violencia intrafamiliar. El defensor del pueblo informó que cada año unos 900 niños son abandonados. El 40% de ellos queda en total orfandad.
El proyecto de Código establece dos regímenes: el de la dependencia laboral a partir de los 14 años, la percepción de un salario no inferior al mínimo nacional y una jornada de ocho horas con dos horas de permiso para el estudio, además de un horario que no puede sobrepasar las diez de la noche.
El segundo régimen, denominado «por cuenta propia», admite el trabajo de menores de entre diez y catorce años con previa autorización de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, que además deberá llevar un registro de estas autorizaciones.
El régimen laboral para los menores bolivianos, que conforman casi un millón de ciudadanos,prohíbe específicamente el trabajo de niños, niñas y adolescentes en la cosecha de caña de azúcar, de castaña, en la minería (principalmente como perforista o encargo de colocar cargas explosivas de dinamita), en las ladrilleras, en el expendio de bebidas alcohólicas y recolección de desechos que afecten a la salud, como peores formas de explotación.
La cultura del trabajo infantil en el área rural tiene otro concepto: forma parte de la vida y del aprendizaje de la persona como miembro de una familia y una comunidad. El informe «Mi fortaleza es mi trabajo» recoge una serie de experiencias y de visiones tanto de padres como de hijos en pueblos originarios sobre el trabajo del menor. «Desde pequeños deben aprender, de acuerdo con la edad; podrían volverse flojitos y cuando ya sean grandes será difícil que aprendan los oficios del campo», remarcó un padre de la comunidad de Asanquiri.