Crearon el registro nacional de accidentes laborales
La Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) creó el «Registro Nacional de Accidentes Laborales» (Renal) al que las Aseguradoras de Riesgos del trabajo (ART) y los Empleadores Autoasegurados (EA) estarán obligados a partir del 1 de enero de 2015, a denunciar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en sus establecimientos.
Así lo establece la resolución 3326/26 de la Superintendencia, cuyo Anexo I contiene precisiones sobre el Procedimiento para Denuncias, al igual que su Anexo II en el que se detallan los pasos a cumplir por el Procedimiento para la Solicitud de Baja de Accidentes de Trabajo denunciados al Renal, que se publican hoy en el el Boletín Oficial.
La información requerida en la denuncia de accidentes de trabajo es un elemento sustantivo para programar las acciones preventivas y de control que la Ley de Riesgos del Trabajo le asigna a la Superintendencia.
La norma establece además que la Gerencia de Planificación, Información Estratégica y Calidad de Gestión de esta SRT, será la responsable de administrar el Registro de Accidentes (Renal).
Asimismo, se faculta a la Gerencia de Planificación, Información Estratégica y Calidad de Gestión para requerir datos e introducir cambios en el formato, medio y plazos de envío, como también a modificar los procedimientos contenidos en los Anexos que integran la presente resolución.