Es ley la actualización del Código Civil y Comercial
La Cámara baja convirtió en ley el proyecto de actualización y modernización del Código Civil y Comercial con el voto favorable del oficialismo y sus aliados, en una sesión especial en la cual los bloques opositores decidieron no participar del histórico debate.
El proyecto, que entrará en vigencia en enero de 2016, fue aprobado con 135 votos pertenecientes al oficialismo y a sus habituales aliados, debido a que la oposición participó de la primera parte de la sesión y tras objetar cuestiones sobre el trámite se retiró del recinto.
Las dos primeras horas de la sesión se desarrollaron en un clima tenso a partir del ingreso al recinto de la oposición, que llegó para cuestionar el trámite, luego de que el Frente para la Victoria, con el apoyo del Frente de Santiago, Nuevo Encuentro, el Movimiento Popular Neuquino, PJ La Pampa, Ramona Pucheta y un par de diputados fueguinos reuniera 131 legisladores, dos más del quórum reglamentario, para iniciar el trabajo.
A los gritos, los diputados del radicalismo, el macrismo, el massismo, el socialismo, la Coalición Cívica y el Frente de Trabajadores de Izquierda se retiraron del debate con el argumento de que «su tratamiento es ilegal».
Tras reconocer que es necesario actualizar el Código Civil y Comercial, que data de 1869, en temas como divorcio, matrimonio igualitario, adopción y fertilización asistida, los opositores advirtieron que si se votaba el proyecto plantearían su inconstitucionalidad en la justicia.
El argumento esgrimido es que el dictamen de la Comisión Bicameral no es válido porque desde que se emitió cambió la composición del cuerpo, lo que fue rechazado por el bloque de diputados del oficialismo.
Esta posición fue replicada por la presidenta del bloque oficialista, Juliana Di Tullio, quien consideró «una vergüenza que acudan a otro Poder (del Estado) para impedir el tratamiento del proyecto en este cuerpo legislativo» y defendió la legalidad del tratamiento.
La diputada recordó que el proyecto de resolución que creó la Comisión Bicameral «fue votada por todos los opositores», con excepción de Elisa Carrió, quien fue la «única que mantuvo su postura».
En el cierre del debate, la titular del bloque del FPV cargó nuevamente sobre la oposición al afirmar que «retrasan 150 años» y que «está empecinada en quedar afuera de la historia».
«Han decidido nuevamente quedar en defensa de los más poderosos; desaparecen de las bancas. No me llama la atención la vergüenza de la representación teatral guionada que hicieron hoy», remarcó.
Promediando la sesión, Domínguez, en una nota enviada a los presidentes de los bloques opositores, rechazó en forma «tajante, absoluta y terminante» los cuestionamientos realizados por la oposición y señaló que «no se ha violentado la Constitución Nacional ni el reglamento interno ni la resolución aprobada por ambas Cámaras que dispuso un tratamiento especial al proyecto».
Durante el debate, Diana Conti, en calidad de miembro informante del proyecto por su condición de presidenta de la comisión de Asuntos Constitucionales, dijo que este nuevo texto «es plural e inclusivo y tiene la riqueza de contar entre sus redactores a dos jueces de la Corte (Suprema de Justicia)» y destacó que «se trata de un código humanitario, que incluye aún más socialmente».
Alicia Comelli, aliada al kirchnerismo desde el Movimiento Popular Neuquino, cuestionó a la oposición al señalar que «tendría que haber estado en la sesión para dar el debate de fondo y no buscar artilugios procesales para no llegar a votar lo que para todo legislador debería ser trascendente».
El texto aprobado, que viene a reemplazar un texto que fue redactado hace 145 años, legisla sobre temas como la adopción e indica que el niño puede ser adoptado «por un matrimonio, una unión convivencial o por una sola persona»; y que «una adopción constituida en el extranjero debe ser reconocida en la Argentina cuando haya sido otorgada por los jueces del país del domicilio del adoptado».
También menciona que «el hijo matrimonial lleva el primer apellido de alguno de los cónyuges» y que «en caso de no haber acuerdo, se determina por sorteo realizado en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas».
En cuanto a cuestiones matrimoniales se incluye la posibilidad de que los contrayentes opten por el régimen de separación de bienes antes de la realización del matrimonio; y se prevé que el divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges.
La nueva normativa menciona a las «uniones convivenciales» como «la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo».
Además establece que los bebés nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida «son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que también ha prestado su consentimiento previo, informado y libre con independencia de quién haya aportado los gametos».
Las temáticas sobre fortalecimiento de los derechos de los pueblos originarios; delegación de la protección del embrión en una ley especial, la eliminación de la gestación por sustitución, de la fecundación post-mortem y de la función social de la propiedad, se regularán con legislación complementaria.