La Iglesia presentó una guía sobre cómo actuar en caso de abuso por parte de curas

La Conferencia Episcopal Argentina dispone desde hoy, por primera vez en su historia, de una guía que precisa cómo deben proceder los obispos y las autoridades canónicas en “casos de denuncias de abusos sexuales en los que los acusados sean clérigos y las presuntas víctimas menores de edad”, elaborada en respuesta a una exhortación realizada en 2011 por el entonces papa Benedicto XVI.

El secretario general de la CEA, Carlos Malfa, fue el encargado de presentarlo en el marco del curso “La Actuación de la Curia en los Delitos Cometidos por Clérigos y Religiosos” que se desarrolla en la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Católica Argentina.

El objetivo del protocolo es “orientar a los obispos en los supuestos que deban intervenir, en sus respectivas jurisdicciones, por haber recibido noticias verosímiles de la comisión de alguno de los delitos aquí contemplados”, explicó Malfa.

El texto “Líneas-Guía De Actuación” fue aprobado el 13 de abril de 2013 en el marco de la 105° Asamblea Plenaria de la CEA, y recientemente recibió también el aval de la Santa Sede.

El documento recuerda que el abuso sexual de menores no sólo es un “grave pecado”, sino también “un grave delito” tanto para el ordenamiento jurídico canónico como para el Código Penal Argentino y que por lo tanto, si “en una perspectiva moral, el pecado reclama el sincero arrepentimiento del pecador; en una perspectiva jurídica exige, además, una justa pena”.

Pero “cuando es cometido por un clérigo, el delito reviste una particular gravedad” porque “además de lesionar la dignidad e integridad de la víctima, implica la profanación del ministerio sagrado”, por lo cual “hechos de esta naturaleza nos duelen y avergüenzan profundamente”.

El protocolo se divide en dos partes: la primera mitad se ocupa de la práctica jurídica basada en el Derecho Canónico, mientras que en la segunda se dan una serie de “orientaciones pastorales” respecto al trato que debe dispensarse a víctimas y acusados, así como respecto a medidas preventivas que pueden adoptarse al interior de la Iglesia para evitar nuevos casos.