Suspendieron a una jueza de familia

El Jurado de Enjuiciamiento de San Luis resolvió, en la reunión de este lunes, suspender a la jueza de Familia y Menores Nº 2 de Villa Mercedes, Silvina Verónica Lafuente, y admitir la formación de una causa en su contra, tras una acusación presentada por el abogado Hernán Echeverría.

La disposición del Jury implica también una reducción de sus haberes del 50 por ciento mientras permanezca vigente la sanción.

El presidente del Jurado, Oscar Eduardo Gatica, y los integrantes Horacio Guillermo Zavala Rodríguez (juez de Cámara Civil) y Ramón Domínguez (diputado), firmaron la resolución en disidencia; mientras que Gustavo Adolfo Miranda Folch, Carlos Guillermo Villegas, Jorge Osvaldo Pinto, Carlos Gabriel Samper, Gonzalo Javier Estrada, Walter Alberto Ceballos firmaron en conformidad.

El caso se inició en julio del 2013, cuando el Echeverría elevó el pedido de juicio político contra la magistrada, a la que acusó de “ineptitud demostrada en el ejercicio de sus funciones”, “desconocimiento inexcusable y grave del derecho” y “parcialidad manifiesta”, cuando dejó en libertad a un joven identificado como Gerardo Ortega, quien había sido condenado por abuso sexual agravado.

Ortega fue encontrado culpable de violar a una chica en un descampado del barrio ATE II. El caso ocurrió en abril del 2008, cuando el imputado tenía 16 años.

En abril de 2013, cuando Ortega ya era mayor de edad, la Cámara Penal Nº 2 lo condenó por abuso sexual agravado.

Un mes más tarde, la jueza Lafuente recibió el expediente del Tribunal con el fin de aplicar la pena al condenado. Sin embargo, la magistrada, tras entrevistarse con el encartado, dictó el auto interlocutorio 47 en el que citó el artículo 4 de la ley N° 22278 del Régimen Penal de Minoridad: “…Si las modalidades del hecho, los antecedentes del menor, el resultado del tratamiento tutelar y la impresión directa recogida por el juez hicieren necesario aplicarle una sanción, así lo resolverá, pudiendo reducirla en la forma prevista tentativa, si fuese innecesario aplicarle sanción, los absolverá…”.