La Justicia dejó sin efecto los despidos de Télam

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó un fallo que «suspende los efectos del despido» de trabajadores en la agencia de noticias oficial Télam, ratificando el fallo cautelar dictado el 13 de julio de 2018 en favor de los empleados cesanteados.

Los jueces Enrique Arias Gibert y Néstor Miguel Rodríguez Brunengo ratificaron lo dispuesto anteriormente por el Juzgado Nacional de Apelaciones del Trabajo N° 22 respecto a la situación de cinco de los 357 empleados despedidos y además determinó la comunicación de la obligatoriedad del trámite de Procedimiento de Crisis al Ministerio de Trabajo de la Nació.

«Entiendo que corresponde confirmar la sentencia de origen en tanto suspende los efectos del despido hasta que se resuelva la pretensión de nulidad del despido en el proceso de conocimiento que deberá iniciarse so pena de caducidad de la medida cautelar», manifestó Arias Gibert.

Por su parte, la Comisión Gremial Interna de Télam celebró la medida y remarcó que «la sentencia de Cámara dispone la reincorporación directa de cinco trabajadores y la comunicación al Ministerio de Trabajo de la Nación para la apertura del Procedimiento Preventivo de Crisis no realizado por Télam que, una vez abierto, tiene por primer efecto la reincorporación de los otros 352 trabajadores despedidos».

«Constituye un antecedente insoslayable para todos los otros casos judicializados; cientos de ellos a resolverse por los mismos magistrados», subrayaron los representantes gremiales.